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miércoles, 12 de febrero de 2014

Remuneraciones en cooperativas de trabajo pagan IVA

1. Las remuneraciones percibidas por las cooperativas de trabajo asociado por los servicios que prestan, a través de sus asociados, no están exentas del impuesto sobre las ventas.

- Al 30 de enero de 2014-SENTENCIA DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013, EXP. 76001-23-31-000-2007-01338-01 (18442), M.P. HUGO FERNANDO BASTIDAS BÁRCENAS. ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
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IVA para los servicios temporales de empleo

2. La Sala reitera que, para periodos anteriores al 2007, la base gravable del IVA para los servicios temporales de empleo prestados por las cooperativas de trabajo asociado es el componente AIU (administración, imprevistos y utilidades) a una tarifa del 16%.

Al 30 de enero de 2014-SENTENCIA DE 28 DE AGOSTO DE 2013. EXP. 63001-23-31-000-2009-00129-01 (19709) M.P. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO 
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Giros de los refinadores e importadores

3. La Sección reasume la competencia para conocer de la acción de nulidad contra los arts. 3, 7 y 9 del Decreto 4839 de 2008, en orden a determinar si los giros que los refinadores e importadores deben hacer al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), cuando su posición neta trimestral es negativa, son de naturaleza tributaria y si esa imposición la incluyó o no la Ley 1151 de 2007, que creó dicho fondo.

- Al 30 de enero de 2014-AUTO DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013, EXP. 11001-03-27-000-2009-00018-00 (17649), M.P. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.
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IVA pagado en la adquisición o importación de maquinaria industrial por el sistema de leasing

4. A partir de la inexequibilidad del art. 8 de la Ley 818 de 2003 (27 de abril de 2004) procedía descontar del impuesto sobre las ventas el IVA pagado en la adquisición o importación de maquinaria industrial por el sistema de leasing, sin perjuicio del tipo de leasing pactado ni de la modalidad de la importación, dado que se aplicaba el art. 485-2 del E.T., que no establece condicionamiento alguno.

-Al 30 de enero de 2014-SENTENCIA DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 2013, EXP. 25000-23-27-000-2009-00081-01(19061), M.P. CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ. ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
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Actos de ejecución son susceptibles de control judicial

5. Los actos de ejecución son susceptibles de control judicial siempre que excedan, parcial o totalmente, lo dispuesto en la sentencia o en el acto administrativo ejecutado, de modo que creen, modifiquen o extingan una situación jurídica diferente.
Al 30 de enero de 2014  - AUTO DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013. EXPEDIENTE 68001-23-33-000-2013-00296-01(20212) C.P. JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ. MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

* Con aclaración de voto de la Consejera Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez 
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