LA RESPONSABILIDAD LIMITADA DE LOS ACCIONISTAS DE UNA SOCIEDAD POR
ACCIONES SIMPLIFICADA RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES, CONFIGURA UNA
MEDIDA QUE NO VULNERA LA IGUALDAD, POR CUANTO BUSCA UNA FINALIDAD IMPORTANTE
CONSTITUCIONALMENTE, COMO ES LA DE PROPICIAR LA INVERSIÓN Y LA PROSPERIDAD
GENERAL, POR UN MEDIO NO PROHIBIDO Y QUE ES CONDUCENTE PARA ALCANZAR LOS
PROPÓSITOS BUSCADOS, CUAL ES EL DE ESTABLECER QUE, SALVO CASOS DE FRAUDE, LA
RESPONSABILIDAD DE LOS ACCIONISTAS LLEGA HASTA EL MONTO DE SUS APORTES
No hay comentarios.:
Publicar un comentario