viernes, 14 de marzo de 2014

Con medida cautelar suspenden tala de árboles

1. Se mantiene como medida cautelar de urgencia, la suspensión de la tala de árboles, con el fin de evitar un perjuicio irremediable al recurso ambiental.

Síntesis del caso: Lo pretendido por los accionantes es que se amparen los derechos colectivos que consideran violados con ocasión de la tala de árboles autorizada por la Resolución No. 130AS-1210-1752 de 2012, expedida por CORANTIOQUIA, bajo la modalidad de aprovechamiento forestal de árboles aislados, para la ejecución de los diseños planteados por METROPLÚS S.A. en la construcción en el Municipio de Envigado del Tramo 2B del Sistema Integrado de Transporte Masivo del Valle de Aburrá.
Extracto: Advierte la Sala que, si bien la referida violación de derechos colectivos aludida por los accionantes en la demanda no se encuentra plenamente acreditada, del material probatorio, sí resulta posible advertir la amenaza que enfrenta el recurso ambiental objeto de la presente acción, siendo entonces pertinente mantener la medida preventiva adoptada por el a quo, pues pese a no existir plena certeza técnica de la afectación alegada por los actores, sí existen indicios que, de conformidad con el principio de precaución anteriormente aludido, permiten suponer que la zona ambiental es objeto de un posible peligro irremediable. Además, revocar la medida cautelar, sería equivalente a negar la protección y dejar sin objeto la acción popular.
SENTENCIA DE 6 DE FEBRERO DE 2014, EXP. 05001-23-33-000-2013-00941-01(AP)A, M.P. MARIA CLAUDIA ROJAS LASSO

República de Colombia - Consejo de Estado - No 138- Feb/ 28 / 2014. BOGOTÁ, COLOMBIA

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